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El plazo para la reducción de la jornada laboral será hasta el próximo15 Julio

Actualizado: 18 sept

Por: Juan Fernando Romero C.


A partir del próximo 15 de julio todas las empresas en Colombia tendrán que haber reducido su jornada laboral, pasando de 48 horas a 47 horas semanales, como lo establece la Ley 2102 de 2021. En Sinergy & Lowells le explicamos en qué consiste esta ley y los aspectos que debe tener en cuenta al momento de aplicarla.

Por medio de la Ley 2107 de 2021 se determina que todas las empresas en Colombia estarán obligadas a realizar la reducción de la jornada laboral de manera gradual, hasta obtener como resultado 42 horas semanales para el año 2026.

A partir de lo establecido y después de los dos años de haber entrado en vigencia la ley que se cumple el próximo 15 de julio de 2023 todas las empresas deberán reducir una hora en su jornada laboral, obteniendo 47 horas laboradas semanalmente.

“Transcurridos dos (2) años a partir de la entrada en vigencia de la ley, se reducirá una (1) hora de la jornada laboral semanal, quedando en 47 horas semanales. Pasados tres (3) años de la entrada en vigencia de la ley, se reducirá otra hora de la jornada laboral semanal, quedando en 46 horas semanales. A partir del cuarto año de la entrada en vigencia de la ley, se reducirán dos (2) horas cada año hasta llegar a las cuarenta y dos (42) horas semanales, conforme a lo establecido en el Artículo 2 de la presente ley”. Expresa el artículo 3 de la Ley 2102 de 2021.

Fredy Medina, experto en Seguridad Social y líder en el servicio de Mesa de Ayuda de Outsourcing, nos cuenta lo que debe tener en cuenta al momento de aplicar la reducción de la jornada laboral deben tener en cuenta al momento de realizar la reducción de la jornada laboral para evitar errores y sanciones:

- ¿Para realizar la reducción de la jornada laboral se debe hacer un otrosí en el contrato?

Fredy Medina: La norma no estipula la elaboración de un otrosí. Sin embargo, si el empleador quiere blindarse es prudente.

- ¿Con la reducción de la jornada laboral puede desaparecer el día de la familia o se puede seguir concediendo dicha jornada?

F.M.: Es obligación concederla, una ley no elimina la otra. El día de la familia se vuelve proporcional a las horas laboradas en la semana.

- Con la reducción de la jornada laboral, ¿las horas extras se cuentan a partir de la jornada en la que finaliza?

F.M.: Al reducir la jornada laboral y al pasar a ser de siete horas diarias, la hora número ocho ya será considerada como extra. De igual manera, se mantendrá la consideración de dos horas extras diarias como máximo.

- ¿La reducción de la jornada laboral es obligatoria para todas las empresas en Colombia o hay alguna excepción?

F.M.: No existe excepción alguna, la norma aplica para todas las empresas del territorio colombiano.

- ¿La reducción de la jornada se debe establecer en el reglamento interno de la compañía?

F.M.: No es necesario. Sin embargo, la adopción de esta medida es una buena medida para la organización con el fin de prevenir problemas a futuro.

- ¿Cómo reportar la nueva jornada laboral ante el Ministerio del Trabajo?


F.M.: Según la normatividad no es necesario reportar la reducción de la jornada laboral ante el Ministerio del Trabajo, pero sí sería prudente informar ante la entidad dicho recorte.


Es importante resaltar que la empresa que no realice esta reducción se podrá ver afectada legal y monetariamente. De igual manera, los salarios de los colaboradores no podrán ser reducidos por dicho cambio.

Lo invitamos a conocer nuestro portal informativo. Allí conocerá las necesidades del sector corporativo y evidenciará cómo las organizaciones se están adaptando a las nuevas tecnologías.


Sinergy & Lowells: 24 años trabajando de la mano con nuestros clientes.



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